Vuelve el ‘pico y cédula’ y otras medidas restrictivas en el Huila

Mediante el Decreto 0006 de 2021 el gobernador del Huila determinó medidas restrictivas en el todo el Departamento, teniendo en cuenta la ocupación de camas UCI y los lineamientos impartidos por el Gobierno Nacional en estos casos.

En el Huila comenzaron a regir medidas y acciones administrativas y de policía transitorias tendientes a mitigar el riesgo de contagios del Covid-19 que hoy tiene a Neiva en un 90% de ocupación de camas UCI y un 76% en todo el Departamento, reflejando la indisciplina social de los ciudadanos durante las fiestas de fin y nuevo año.

En el Decreto 0006 de 2021 se ordena restricción de la movilidad de personas y vehículos en el área metropolitana de Neiva que incluye los municipios de Palermo, Aipe, Rivera y los municipios del norte del Departamento como son Colombia, Tello, Baraya, Yaguará, Algeciras, Campoalegre y Villavieja, entre las veinte horas (20:00) y hasta las cinco (05:00 a.m.) del día siguiente, desde el día 18 enero de 2021 y hasta el día 25 de enero de 2021, para el resto de los municipios del departamento esta restricción iniciará a las veintidós horas (22:00) y hasta las cinco (05:00 a.m.) del día siguiente desde el día 18 enero de 2021 y hasta el día 25 de enero de 2021.

para la adquisición, pago y acceder a todo tipo de bienes, servicios y realización de actividades comerciales, así como para la movilización y circulación deberá acreditar el último dígito de su documento de identificación de acuerdo con el día calendario. Para los días pares calendario deberá demostrar su último digito de su documento de identificación en número par y consecuentemente para los días impares calendario deberá demostrar el último dígito de su documento de identificación en número impar.

Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio abiertos al público del departamento del Huila, reuniones con aforo superior a los autorizados por los protocolos fijados por el Ministerio de Salud y Protección Social, tanto en lugares públicos como privados, y en los establecimientos de comercio abiertos al público deberán atenderse los aforos de acuerdo con los protocolos implementados y aprobados por los mandatarios locales, según los planes piloto legalmente autorizados.

Se mantiene la restricción de todo tipo de reuniones, actos y eventos públicos en la totalidad de municipios (cabeceras municipales, centros poblados y veredas), del Departamento del Huila, desde el 18 de enero de 2021 hasta el 25 de enero de 2021.

Cada alcalde municipal de acuerdo con las condiciones particulares de cada municipio, relacionadas con el incremento de casos de contagio, así como la inobservancia ciudadana en el acatamiento de las medidas de bioseguridad y autocuidado, podrá modificar el horario de toque de queda y demás medidas restrictivas en su jurisdicción, cumpliendo para el efecto de manera previa la coordinación con el Ministerio del Interior, a que hace referencia al Decreto 039 del 14 de enero de 2021, de acuerdo con la afectación y casos activos de personas por COVID-19, la medida de pico y cedula, siendo obligación de cada establecimiento de comercio observar el aforo máximo previsto en los protocolos aprobados para su apertura.

Las excepciones y detalles de estas medidas la encontrarán en el Decreto 0006 de 2021 adjunto a este boletín informativo

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